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La interpretación de los 1.290 y los 1.335 días de Daniel 12:11 y 12
respectivamente como 1.290 y 1.335 años se puede encontrar ya entre los
expositores judíos del siglo VIII d.C. Esa interpretación, que se basa en
el principio del día-año (véase Núm. 14:34 y Eze. 4:6,7), continuó siendo
defendida por los seguidores de Joaquín de Fiore (1130-1202), como
asimismo por varios otros expositores durante el período anterior a la
Reforma y la Reforma misma, y fue incorporada a la tradición protestante
posterior a ella.[1]
Guillermo Miller (1782-1849), por su parte, creía (1) que tanto los 1.290
como los 1.335 años habían comenzado en el año 508, cuando Clodoveo obtuvo
su victoria sobre los ostrogodos arrianos, paso decisivo en la unión de
los poderes político y eclesiástico para castigar a los "herejes" por
parte del catolicismo medioeval; (2) que los 1.290 años se habían cumplido
en 1798, con la detención del papa Pío VI por parte del ejército francés;
y (3) que los 1.335 años se extendieron otros 45 años más hasta la
conclusión de los 2.300 años de Daniel 8:14 en 1843/1844.[2] Los primeros
adventistas observadores del sábado conservaron esa interpretación,[3] y
así se convirtió en la posición histórica de la Iglesia Adventista hasta
el día de hoy.[4]
No obstante, en años recientes algunos predicadores independientes han
comenzado a propagar una "nueva luz" acerca de los 1.290 y 1.335 días de
Daniel 12. Apartándose de la interpretación tradicional adventista, esas
personas alegan que ambos períodos constituyen días "literales" (y no días
que representan "años") que deben cumplirse todavía en el futuro. Algunos
de ellos sugieren que los dos períodos comenzarán con el futuro decreto
dominical; que los 1.290 días "literales" es el período reservado para que
el pueblo de Dios salga de las ciudades; y que al final de los 1.335 días
"literales" se oirá la voz de Dios que anunciará "el día y la hora" del
regreso de Cristo.[5]
Por más interesantes que puedan parecer estas teorías, existen por lo
menos cinco razones básicas que nos impiden aceptarlas.
I-
Esta teoría se basa en una lectura parcial y tendenciosa del Espíritu de
Profecía.
Uno de los argumentos empleados para justificar el cumplimiento futuro de
los 1.290 y los 1.335 días es la falsa suposición de que Elena de White
consideraba erróneo el concepto de que los 1.335 días se habían cumplido
en el pasado. Se menciona su carta "a la iglesia que está en la casa del
Hno. Hastings", con fecha del 7 de noviembre de 1850, en la que se
mencionan algunos problemas relacionados con el Hno. O. Hewit, de Dead
River.
En el
texto original en inglés de esa carta aparece la siguiente declaración:
"We told him of some of his errors of the past, that the 1335 days were
ended and numerous errors of his".[6]
Esta sentencia se debería traducir sencillamente de la siguiente manera:
"Le mencionamos algunos de sus errores del pasado, que los 1.335 días se
habían cumplido y muchos de sus errores". Pero algunos de los defensores
de la "nueva luz" profética prefieren reemplazar la conjunción "que" ("that"
en inglés) por la expresión "tales como" ("such as" en inglés), con lo que
se altera el sentido del texto. De esta manera intentan conseguir que la
sentencia diga que entre los errores defendidos por Hewit se encontraba la
idea de que "los 1.335 días se habían cumplido".
Si la intención de la Hna. White consistía realmente en corregir al Hno.
Hewit por creer que los 1.335 días ya se habían cumplido, surgen una
cantidad de interrogantes: ¿Por qué Elena de White se limitó a corregir en
1850 en forma parcial y tendenciosa lo que habría sido sólo una posición
personal de este hermano, sin dirigir la más mínima reprensión a los demás
dirigentes del movimiento adventista que también creían que ese período
profético ya se había cumplido en 1844? ¿Por qué no reprendió a su propio
esposo (Jaime White) por afirmar en la Review, en 1857, que "los 1.335
días terminaron junto con los 2.300, con el clamor de media noche en
1844"?[7] ¿Por qué no lo reprendió por seguir publicando en la Review
diversos artículos de otros autores que defendían la misma idea?[8] Más
aún, ¿cómo podría haber declarado Elena de White en 1891 que "el Señor me
mostró que el mensaje debe avanzar, y que no debe depender del tiempo,
pues éste no será nunca más una prueba",[9] si el cumplimiento de los
1.290 y los 1.335 días todavía estuviera en el futuro?
Las evidencias de que Elena de White creía que esos períodos ya se habían
cumplido en sus días se pueden encontrar también en declaraciones suyas
que se refieren a que Daniel ya estaba por recibir su heredad desde el
comienzo del tiempo del fin.[10] Creemos, por consiguiente, que el Dr.
Gerard Damsteegt, profesor del Seminario Teológico de la Universidad
Andrews, estaba en lo cierto al declarar que "ya en 1850 Elena G. de White
había escrito que los 1.335 días se habían cumplido, sin especificar el
momento de ese cumplimiento".[11]
II- Esta teoría vulnera el paralelismo profético-literario
del libro de Daniel
Para justificar el supuesto cumplimiento futuro de los 1.290 y los 1.335
días, los abogados de esta "nueva luz" profética alegan sin la menor
preocupación que el contenido de Daniel 12:5-13, donde aparecen estos
períodos, no forma parte de la cadena profética de Daniel 11. Pero un
análisis más detenido del libro de Daniel no confirma esta teoría.
El Dr. William H. Shea aclara que en el libro de Daniel cada período
profético (1.260, 1.290, 1.335 y 2.300 días) aparece como un apéndice
regulador del cuerpo básico de la profecía que le corresponde. Por
ejemplo, la visión del capítulo 7 está descrita en los versículos 1 al 14,
pero el tiempo que se relaciona con ella aparece recién en el versículo
25. En el capítulo 8 el cuerpo de la visión se encuentra en los
versículos 1 al 12, pero el tiempo correspondiente recién figura en el
versículo 14. De la misma manera, los tiempos proféticos relacionados con
la visión del capítulo 11 se mencionan en el capítulo 12.[12]
Este paralelismo comprueba que los 1.290 días y los 1.335 días de Daniel
12:11 y 12 participan de la misma naturaleza profético-apocalíptica que
el "tiempo, tiempos y medio tiempo" de Daniel 7:25, y las 2.300 tardes y
mañanas de Daniel 8:14. Por lo tanto, si aplicamos el principio de día por
año a los períodos proféticos de Daniel 7 y 8, también lo debemos aplicar
a los períodos de Daniel 12, por que todos estos períodos están
relacionados de alguna manera entre sí, y la descripción de cada visión
indica un solo cumplimiento para el período profético que le corresponde.
Además, la alusión de Daniel 12:11 al "continuo sacrificio" y a la
"abominación desoladora", conecta los 1.290 y los 1.335 días no sólo con
el contenido de la visión de Daniel 11 (véase Daniel 11:31), sino también
con las 2.300 tardes y mañanas de Daniel 8:14 (véase Dan. 8:13; 9:27). El
mismo poder apóstata que establecería la "abominación desoladora" en lugar
del "continuo sacrificio" se describe en Daniel 7 y 8 como el "cuerno
pequeño", y en Daniel 11 como el "rey del Norte".
Por lo tanto, la tentativa de interpretar algunos períodos proféticos de
Daniel (70 semanas, 2.300 tardes y mañanas) como días que simbolizan años,
y otros (1.290 y 1.335 días) como meros días literales, desentona
totalmente con el paralelismo profético-literario del libro de Daniel.
III- Esta teoría se basa en una interpretación antibíblica de la palabra
hebrea tamid ("diario", "continuo")
La teoría de que tanto los 1.290 como los 1.335 días comienzan con el
futuro decreto dominical, se basa en la suposición de que en Daniel 12:11
las expresiones "continuo sacrificio" y "abominación desoladora"
significan respectivamente sábado y domingo. Esa suposición también carece
de base bíblica.
La expresión "continuo sacrificio" es la traducción del término hebreo
tamid, que significa "diario" o "continuo", al cual se le añadió la
palabra "sacrificio" que no aparece en el texto original de Daniel 8:13 y
12:11. Ese término (tamid) se usa en las Escrituras en relación no
sólo con el sacrificio diario del santuario terrenal (véase Exo. 29:38,42)
sino también con varios otros aspectos de la ministración permanente de
ese santuario (véase Exo. 25:30; 27:20; 28:28, 38; 30:8; 1 Crón. 16:6). En
el libro de Daniel el término se refiere, obviamente, al continuo
ministerio sacerdotal de Cristo en el santuario/templo celestial (véase
Dan. 8:9-14). Ya la expresión "abominación desoladora" implica el amplio
sistema de falsificación de ese ministerio, basado en las teorías
antibíblicas de la inmortalidad natural del alma, la mediación de los
santos, el confesionario, el sacrificio de la misa, etc.
No podemos estar de acuerdo con la teoría de que en Daniel 12 el "diario"
representa el sábado y la "abominación desoladora" el domingo. Para creer
esto, tendríamos que vaciar esas expresiones del amplio significado que
poseen, dado tanto por el propio contexto bíblico en el cual aparecen,
como asimismo por el consenso general de las Escrituras.
IV- Esta teoría refleja la interpretación jesuítico futurista de la Contra
Reforma católica
Los defensores de la interpretación literal y futurista de los 1.290 y los
1.335 días alegan que su posición es genuinamente adventista y que está
plenamente sancionada por el Espíritu de Profecía. Pero si analizamos más
detenidamente el asunto a la luz de la historia, descubrimos que esta
teoría rechaza el historicismo y el principio del día-año, de tradición
protestante, para alinearse abiertamente con el futurismo literalista de
la Contra Reforma católica.
Los reformadores protestantes del siglo XVI identificaban el "cuerno
pequeño" con el papado, que daría origen a la "abominación desoladora"
acerca de la cual habla Daniel.[13] Con el propósito de defender al papado
de esas acusaciones, el cardenal italiano Roberto Bellarmino (1542-1621),
el más capaz y renombrado de todos los polemistas jesuitas, sugirió que el
"cuerno pequeño" era sólo un rey, y que los 1.260, 1.290 y 1.335 días eran
días literales, que se cumplirían recién en el período anterior al fin del
mundo.[14] De esta manera el papado de aquel tiempo no podría ser
identificado más con el "cuerno pequeño" o con el "rey del Norte" y, por
consiguiente, no se lo podría responsabilizar de la "abominación
desoladora".
Muchos de los defensores contemporáneos de la interpretación futurista de
los 1.290 y 1.335 días desconocen la relación que existe entre esa teoría
y el futurismo de la Contra Reforma católica. Pero aún así, estos
individuos deberían reconocer por lo menos que "esas propuestas futuristas
reposan, esencialmente, sobre una comprensión equivocada de los patrones
de pensamiento de la poesía hebrea", y que "representan una lectura del
idioma hebreo con ojos occidentales".[15]
V- Esta teoría no toma en cuenta las advertencias del Espíritu de Profecía
que se opone a la tentativa de extender el cumplimiento de toda profecía
de tiempo más allá de 1844
Si esta teoría fuera correcta, con la mera promulgación del decreto
dominical ya sabríamos con anticipación cuándo se cerraría la puerta de la
gracia y cuándo sería la segunda venida de Cristo. Es, por lo tanto, una
forma sutil y capciosa de establecer fechas para los eventos finales. Por
más originales y creativas que puedan parecer, esas tentativas no pasan de
ser propuestas especulativas, que desconocen e inclusive desprecian, en
nombre del Espíritu de Profecía, las propias advertencias del Espíritu de
Profecía acerca de este asunto.
Ya en 1850 Elena de White advirtió: "El Señor me mostró que el TIEMPO no
ha sido motivo de prueba desde 1844, y que nunca más lo será".[16]
Posteriormente añadió que "nunca más habrá para el pueblo de Dios un
mensaje basado en el tiempo". "El Señor me mostró que el mensaje debe
avanzar, y que no debe depender del tiempo, porque el tiempo nunca más
será una prueba". "Dios no nos reveló el tiempo cuando este mensaje
concluirá, o cuándo terminará el tiempo de gracia".[17] Solamente después
de la terminación del tiempo de gracia, y poco antes de la Segunda Venida,
declarará Dios a los salvos "el día y la hora de la venida de Jesús".[18]
En su comentario acerca de Apocalipsis 10:6, que según la versión inglesa
del rey Jaime reza: "no habrá más tiempo", Elena de White aseveró lo
siguiente en 1900: "Este tiempo, que el ángel declaró con solemne
juramento, no es el fin de la historia de este mundo, ni del tiempo de
prueba, sino del tiempo profético, que debe preceder al advenimiento del
Señor. Es decir, el pueblo no tendrá otro mensaje basado en un tiempo
definido. Después de este período de tiempo, que se extiende desde 1842 a
1844, no puede haber cálculo definido del tiempo profético".[19]
Si este es el caso, ¿por qué algunos profesos adventistas insisten en
aplicar al futuro los 1.290 y los 1.335 días de Daniel 12? Sólo Dios puede
juzgar el grado de sinceridad de esas personas; pero una cosa es cierta:
"La fe en una mentira no ejercerá influencia santificadora sobre la vida o
el carácter. Ningún error es verdad, ni se puede convertir en verdad por
la repetición o porque se tenga fe en él... Puedo ser perfectamente
sincera al seguir un camino equivocado, pero eso no convierte en correcto
ese camino, ni me llevará al lugar donde quiero llegar".[20]
Conclusión
Es evidente, por lo tanto, que la teoría del cumplimiento futuro de los
1.290 y los 1.335 días (1) se basa en una lectura parcial y tendenciosa
del Espíritu de Profecía; (2) vulnera el paralelismo profético-literario
del libro de Daniel; (3) se basa en una interpretación no bíblica del
término hebreo tamid ("diario", "continuo"); (4) refleja la interpretación
jesuítico-futurista de la Contra Reforma católica; y (5) pasa por alto las
advertencias del Espíritu de Profecía contra la tentativa de extender el
cumplimiento de toda profecía de tiempo más allá de 1844.
En una época cuando los vientos de las falsas doctrinas están soplando con
mucha intensidad (véase Efe. 4:14), "de tal manera que engañarán, si fuere
posible, aun a los escogidos" (Mat. 24:24), sólo estaremos seguros si nos
encontramos fundados sobre la clara e inamovible Palabra de Dios. Toda
"nueva luz", para que sea verdadera, debe estar en perfecta armonía con el
contexto general de las Sagradas Escrituras y de los escritos inspirados
de Elena G. de White.21 Los atalayas del pueblo de Dios jamás deberían
permitir que las conjeturas y las especulaciones humanas les impidan darle
a la trompeta un sonido certero.
(Véase
Eze. 33:1-9; 1 Cor. 14:8).
Para detalles históricos adicionales relacionados al tema de los 1,335 días,
véase el artículo:
El "Continuo", los "1,335 Días"
Notas y Referencias:
1. Le Roy E. Froom, The Prophectic Faith of our Fathers (Washington DC:
Review and Herald, 1954), tomo 4, pp. 205, 206.
2. William Miller, Evidences from Scriptures and History of the Second
Coming of Christ about the Year A.D. 1843, and of His
Personal Reign of 1000 Years (Evidencias basadas en las Escrituras y en
la historia acerca de que la segunda venida de Cristo se producirá en
torno del año 1843, y de su reino personal de mil años, Brandon, VT:
Vermont Telegraph Office, 1833), 31; Idem, Evidence from Scripture and
History of the Second Coming of Christ, about the Year 1843; Exhibited
in a Course of Lectures (Evidencias basadas en las Escrituras y la
historia acerca de que la segunda venida de Cristo se producirá en torno
del año 1843, expuestas en una serie de conferencias, Boston: Joshua V.
Himes, 1842), pp. 95-104,296,297; idem, "Synopsis of Miller's Views"
(Sinopsis de las opiniones de Miller),
Logos 3/2 septiembre 1999 p. 22.
Signs of the Times (Las señales de los tiempos), 25 de enero de 1843,
pp. 148,149.
3. Véase P. Gerard Damsteegt, Foundations of the Seventh-day Adventist
Message and Mission (Fundamentos del mensaje y la misión de los
adventistas del séptimo día, Grand Rapids, MI: Eerdmans, 1977), pp.
168-179.
4. Véase, por ejemplo, Urías Smith, "Synopsis of the Present Truth, No.
12" (Sinopsis de la verdad presente, No. 12), Review and Herald, 28 de
enero de 1858, pp. 92,93; Stephen N. Haskell, The Story of Daniel the
Prophet (La historia de Daniel, el profeta, Berrien Springs, MI:
Advocate Publishing Company, 1903), pp. 263-265; J.N. Loughborough, "The
Thirteen Hundred and Thirty-Five Days" (Los mil trescientos treinta y
cinco días), Review and Herald, 4 de abril de 1907, pp. 9-10; Urías
Smith, The Prophecies of Daniel and Revelation (Las profecías de Daniel
y el Apocalipsis), edición revisada (Washington, D.C.: Review and Herald,
1944), pp. 330,331; George M. Price, The Greatest of the Prophets: a New
Commentary on the Book of Daniel (El más grande de los profetas: un
comentario acerca del libro de Daniel, Mountain View, CA: Pacific Press,
1955), pp. 337-342; Araceli S. Melo, Testemunhos Históricos das
Profecias de Daniel (Testimonios históricos de las profecías de Daniel,
Río de Janeiro: Laemmert, 1968), pp. 727-728; Francis D. Nichol, editor,
The Seventh-day Adventist Bible Commentary (El Comentario Bíblico
Adventista, edición revisada, Washington, D.C. Review and Herald, 1977)
tomo 4, pp. 880,881; Vilmar E. González, "Os 1290 e 1335 días en Daniel
12" (Los 1.290 y los 1.335 días en Daniel 12), Revista Adventista,
septiembre de 1982, pp. 43-45; Jacques B. Doukhan, Daniel: the Vision of
the End (Daniel: la visión del fin, edición revisada, Berrien Springs,
MI: Imprenta de la Univerdidad Andrews, 1989), p. 153; William H. Shea,
"Time Prophecies of Daniel 12 and Revelation, pp. 12-13" (Profecías
relativas al tiempo en Daniel 12 y Apocalipsis 12 y 13), en Frank B.
Holbrook, editor, Symposium on Revelation -Book 1 (Simposio acerca de
Apocalipsis - Tomo 1), Serie producida por la Comisión acerca de Daniel
y Apocalipsis, tomo 6 (Silver Spring, Maryland, Instituto de
Invetigación Bíblica de la Asociación General de los Adventistas del
Séptimo Día, 1992), pp. 327-360; William H. Shea, Daniel 7-12:
Prophecies of the End Time (Daniel 7 al 12, profecías relativas al
tiempo del fin; El Amplificador de la Vida Bíblica Abundante, Boise,
Indiana: Pacific Press Publishing Association, 1996), pp. 217-233.
5. Un importante análisis crítico de varias teorías más recientes acerca
del cumplimiento de los 1.260, 1.290 y los 1.335 días se puede encontrar
en la obra de Victor Michaelson, Delayed Time-Setting Heresies Exposed
(Denuncia de ciertas herejías relativas a una tardía fijación de fechas,
Payson, Arizona: Leaves-of-Automn, 1989).
6.
E.G. de White, "To the Church of Bro.
Hastings House" (A la iglesia de la casa del Hno. Hastings), 7 de
noviembre de 1850 (carta H-28, 1850). Vuelta a publicar en idem,
Manuscripts Releases (Manuscritos puestos en circulación), tomo 5, p.
203; ibidem, tomo 6, p. 251, ibidem, tomo 16, p. 208.
7. White, James, "The Judgment" (El juicio), Review and Herald, 29 de
enero de 1857, p. 100.
8. Véase, por ejemplo, J.N. Loughborough, "The Hour of His Judgment is
Come" (La hora de su juicio ha venido), Review and Herald, 14 de febrero
de 1854, p. 30; Urías Smith, "Short Interviews with Correspondents"
(Cortas entrevistas con corresponsales), Review and Herald, 24 de
febrero de 1863, p. 100. Idem, "The Sanctuary" (El santuario), Review
and Herald, 8 de septiembre de 1863, p. 116.
9. Elena G. de White, Testimonios Selectos, tomo 1, pp. 220,221.
10. Idem. "Temperance" (Temperancia), Manuscrito No. 50, p. 1893
(publicado en idem, Sermons and Talks (Sermones y charlas), tomo 1, pp.
225,226), en idem, Testimonios para los Ministros, 115, en portugués);
idem, "Diary" (Diario), Manuscrito 176, del 4 de noviembre de 1899
(publicado en Comentario Bíblico Adventista, tomo 4, p. 1174); idem. "Help
to be Given to our Schools" (La ayuda que se debe prestar a nuestras
escuelas), Manuscrito 10, 1900 (publicado en el Comentario Bíblico
Adventista, tomo 7, 949); idem, "To Our Church Members in Australasia"
(A nuestros miembros de iglesia en Australasia), Carta B-6, del 17 de
enero de 1907 (publicada en el Union Conference Record (Boletín de la
Unión - Australasiana), 11 de marzo de 1907, pp. 1,2).
11. Damsteegt, p. 169.
12. Shea, Daniel 7-12, pp. 217-218.
13. Véase Froom, tomo 2, pp. 241-243 y siguientes.
14. Véase ibid., pp. 495-502.
15. (Frank B. Holbrook), "Editorial Synopsis" (Sinopsis
editorial) al artículo de W.H. Shea, "Time Prophecies of Daniel 12 and
Revelation, pp. 12-13" (Las profecías relativas a tiempo en Daniel 12 y
Apocalipsis 12 y 13), en Holbrook, editor, Symposium on Revelation
(Simposio acerca del Apocalipsis), tomo 1, p. 327.
16. E.G. de White, "Dear Brethren and Sisters" (Queridos hermanos y
hermanas), Present Truth (La verdad presente), noviembre de 1850, p.
87. Véase también Primeros Escritos, p. 75.
17. Idem, Mensajes Selectos, tomo 1, pp. 188, 191. (En portugués).
18. Idem, El Conflicto de los Siglos, p. 840. (En portugués).
19. Comentario de Elena G. de White en el Seventh-day Adventist
Commentary (Comentario Bíblico Adventista), tomo 7, p. 971.
20. Idem, Mensajes Selectos, tomo 1, p. 56. (En portugués).
21. Véase idem, Counsels to Writers and Editors (Consejos a Escritores y
Redactores), pp. 33-51.
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